El Gobierno aprueba y amplía las ayudas para artistas y técnicos de la Cultura
- elbreogandigital
- 3 nov 2020
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La duración del subsidio se mantendrá hasta el 31 de enero de 20121

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Fuente: El País
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto para los auxiliares y técnicos de cultura con el que amplía el subsidio y complementa las ayudas al sector cultural puestas en marcha en mayo. Prorrogará hasta el 31 de enero de 2021 la prestación económica extraordinaria por desempleo para artistas en espectáculos públicos y añade a los trabajadores taurinos que habían sido excluidos.
Dicha ayuda va dirigida a más de 10.000 personas que de modo temporal han prestado sus servicios por cuenta ajena como personal técnico o auxiliar en el sector de la cultura para la realización de una obra, evento o espectáculo público, independientemente del medio o soporte de difusión. El Ministerio de Cultura apunta que se centrará en profesionales técnicos del sector como son los ayudantes de coreografía, cámaras, técnicos de luz y sonido, técnicos de montaje de escenarios, regidores o maquinistas.
Este Real Decreto considera la ampliación del subsidio por desempleo “excepcional” con un importe de 14 millones de euros para personal técnico de la cultura. Recoge que se prorrogará la prestación económica extraordinaria por desempleo para artistas en espectáculos públicos hasta el 31 de enero de 2021. Además, a partir de mañana, el Gobierno reconoce a los trabajadores taurinos un acceso extraordinario a la prestación contributiva por desempleo con una cuantía de 775,83 euros mensuales.
Desde el Ministerio de Cultura explican cómo esta medida permitirá que “profesionales del sector sigan protegidos a pesar de la interrupción de su actividad”, ya que “ estos no podían beneficiarse de las coberturas generales del sistema de desempleo por las peculiaridades de su profesión, caracterizada especialmente por la intermitencia”.
Los posibles beneficiarios deben acreditar un período de cotización de 35 días como mínimo, no contar con trabajo alguno, así como mantenerse inscritos en los servicios públicos de empleo. El subsidio será incompatible con la percepción de otro tipo de ayudas.
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